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miércoles, 28 de abril de 2010


Acto Administrativo

Es un hecho jurídico que por su procedencia emana de una autoridad administrativa en forma ejecutoria; por su naturaleza se concreta en una declaración especial unilateral y ejecutiva en virtud de la cual la administración tiende a crear, reconocer, modificar o extinguir una situación jurídica subjetiva, como parte del poder público y por su alcance, afecta positiva o negativamente, a los derechos de las personas individuales o colectivas que se relacionan con la Administración Pública.
El acto administrativo debe estar fundamentado en la ley y contener los siguientes elementos:

El sujeto, que corresponde al órgano competente que, en representación del Estado formula la declaración de la voluntad.
la voluntad.
el objeto.
el motivo.
el mérito y
la forma.

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